LOPGOT

especial

Artículo 87

Artículo 87LOPGOT

La Constancia de Uso Conforme para las actividades que tengan incidencia espacial e impliquen acciones de ocupación del territorio de actividades de importancia estadal que se determinen en esta Ley y en los reglamentos, deben ser aprobadas o negadas por el gobernador o gobernadora del respectivo estado, en su condición de presidente o presidenta de la Comisión Estadal de Ordenación del Territorio, previa opinión vinculante de la Comisión respectiva. Definición del Plan