LOPGOT

especial

Artículo 88

Artículo 88LOPGOT

En cada municipio se dictará un Plan Municipal de Ordenación del Territorio, como instrumento a mediano plazo, que desarrolle las directrices del Plan Estadal de Ordenación del Territorio y del Plan de Ordenación Urbanístico en el ámbito del respectivo municipio. Lineamientos del Plan