LOPIPBRC

tributario

Artículo 41

Artículo 41LOPIPBRC

Garantías e indemnizaciones. El ente concedente velará porta oportuna consignación y suficiencia de las garantías exigibles al concesionario, por su mantenimiento y vigencia durante cada etapa del contrato y ejercitará todas las acciones que procedieren para obtener las indemnizaciones que correspondan por los daños o perjuicios derivados de la ejecución de dichos contratos.