LOSSS

penal

Artículo 10

Artículo 10LOSSS

Las cotizaciones obligatorias que establece la presente Ley a los empleadores y trabajadores u otros afiliados para financiar los regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social, sólo podrán ser administrados con fines sociales y bajo la rectoría y gestión de los órganos y entes del Estado. Convenios de asesoría