Las ausencias temporales del Presidente serán suplidas por los Vicepresidentes en el orden en que hayan sido elegidos en cuyo caso se convocará al suplente del Presidente para que supla la representación de la organización a la cual pertenece éste.
mercantil
Las ausencias temporales del Presidente serán suplidas por los Vicepresidentes en el orden en que hayan sido elegidos en cuyo caso se convocará al suplente del Presidente para que supla la representación de la organización a la cual pertenece éste.