El Consejo Nacional de Seguros podrá designar comisiones para el estudio de determinados asuntos, cada vez que lo considere conveniente, integradas por personas de su seno o fuera del mismo.
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El Consejo Nacional de Seguros podrá designar comisiones para el estudio de determinados asuntos, cada vez que lo considere conveniente, integradas por personas de su seno o fuera del mismo.