En todo caso, los modelos de pólizas que sean presentados a la aprobación previa de la Superintendencia de Seguros deberán ajustarse como mínimo, a las siguientes exigencias: a) Su contenido debe ceñirse a las disposiciones imperativas en materia de contrato de seguros, previstas en la legislación nacional; b) Deben redactarse de tal forma que sean de fácil compresión para el asegurado; c) Los amparos básicos y las exclusiones deben figurar en caracteres destacados.