RGLESR

mercantil

Artículo 74

Artículo 74RGLESR

Dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se celebre una asamblea de accionistas que designe una nueva junta directiva o sustituya a alguno de los miembros, las empresas de seguros y de reaseguros deberán notificarlo a la Superintendencia de Seguros remitiendo: a) Indicación expresa de los miembros designados, con señalamiento de su nombre, dirección, domicilio y nacionalidad; b) Un curriculum vitae de cada uno de los miembros; c) Declaración jurada notariada de no encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones de la Ley.