La Superintendencia de Seguros realizará una inspección general cada vez que sean presentados los estados financieros por las empresas sometidas a su control, a fin de determinar si éstos reflejan razonablemente su situación económica. Si de la inspección se comprobare que los estados financieros no cumplen con las normas de contabilidad e instrucciones establecidas por la Superintendencia de Seguros, ésta instruirá a la empresa los ajustes pertinentes. Cuando los ajustes indicados afecten la razonabilidad de los estados financieros, la Superintendencia de Seguros dispondrá la presentación de nuevos estados financieros, los cuales serán publicados por la empresa con indicación de que fueron ajustados por instrucciones de la Superintendencia de Seguros. Si la empresa no realizase la publicación la Superintendencia de Seguros deberá hacerla con cargo a la compañía. Si los ajustes no afectan la razonabilidad de los estados financieros se realizarán a la fecha en que sean ordenados. Cuando la Superintendencia de Seguros ordene la realización de ajustes o la presentación de nuevos estados financieros fijará un lapso para que la empresa compruebe que ha realizado los ajustes o remita los nuevos estados financieros.