RGLM

especial

Artículo 34

Artículo 34RGLM

Las empresas mineras están en la obligación de preparar sus normas de seguridad internas para las operaciones de arranque del mineral, en minas subterráneas y a cielo abierto, así como también presentar un plan de contingencias y enviarlos a las Inspectorías Técnicas Regionales de Minas para su información. De las Ventajas Especiales