Dentro de las áreas sometidas al régimen de pequeña minería, se prohíbe el uso de mercurio como técnica de obtención del concentrado aurífero o de tratamiento del mineral en los frentes de extracción. El uso de mercurio en las plantas de procesamiento, pare la separación del oro contenido en el concentrado, sólo se hará cuando se justifique como única técnica accesible a tales fines, con acatamiento a la normativa ambiental y sanitaria relativa al uso y manejo de estas sustancias u otras similares.