Las empresas mineras llevarán la contabilidad de las sustancias explosivas y sus accesorios que adquieran y utilicen en los trabajos de explotación. Esta contabilidad estará a disposición de la Inspectoría Fiscal competente.
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Las empresas mineras llevarán la contabilidad de las sustancias explosivas y sus accesorios que adquieran y utilicen en los trabajos de explotación. Esta contabilidad estará a disposición de la Inspectoría Fiscal competente.