En los casos de venta a de exportación parcial del mineral amparado por la Guía de Circulación original, Se extenderá una Guía Auxiliar, que al igual que la primera, será suministrada por el Ministerio de Energía y Minas. La Guía Auxiliar de circulación contendrá: el número y fecha de la guía original que corresponda, el motivo y los datos de la fracción.