El mineral que circulare en contravención a lo dispuesto en esta Sección, será considerado como explotado ilegalmente y se castigará al contraventor de acuerdo con la sanción establecida en la Ley de Minas. Del Comercio de Minerales
especial
El mineral que circulare en contravención a lo dispuesto en esta Sección, será considerado como explotado ilegalmente y se castigará al contraventor de acuerdo con la sanción establecida en la Ley de Minas. Del Comercio de Minerales