RGLM

especial

Artículo 9

Artículo 9RGLM

Además de las incapacidades señaladas en la Ley de Minas, estarán afectados de la misma, los funcionarios que a continuación se indican: el Vicepresidente Ejecutivo, los miembros del Consejo de Estado, los miembros del Consejo Federal de Gobierno, los miembros del Consejo Legislativo de los Estados, los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, los integrantes de la Comisión Interministerial Permanente prevista en el Artículo 15 de la Ley de Minas, y los efectivos de la Guardia Nacional. De las Concesiones de Exploración y Subsiguiente Explotación