La atención pedagógica en este nivel durará un año escolar. Se ofrecerá en establecimientos educativos adecuados y debidamente dotados de recursos que respondan a las necesidades e intereses del niño en las diversas etapas de su desarrollo, conforme a las especificaciones que establezcan los organismos competentes. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes determinará la forma y condiciones relativas a la extensión progresiva de la obligatoriedad de este nivel.