RGZFP

especial

Artículo 56

Artículo 56RGZFP

Pérdida de Beneficio de Exoneraciones. Cuando en la elaboración de un producto, se incorporen materias primas nacionales y extranjeras, y no se haya previamente informado a las autoridades de la Zona Franca Industrial de Paraguaná, C.A., los porcentajes utilizados o incorporados o cuando esta información sea incorrecta, se perderán los beneficios de exoneración consagrados en este Reglamento, durante los doce (12) meses siguientes al de cometer la falta.