Porcentaje que Destinarán Empresas para Exportación. Las empresas ya instaladas en la Zona Franca Industrial de Paraguaná deberán destinar su producción a la exportación en el porcentaje que se indica en la siguiente tabla: a. A partir del 01-01-89 hasta el 31-12-89 el 60% b. Desde el 01-0190 hasta el 31-12-90 el 70% c. Desde el 01-01-91 en adelante el 80%. Las nuevas empresas que se instalen en la Zona Franca Industrial de Paraguaná, a partir de la vigencia del presente Reglamento, deberán destinar su producción a la exportación en los porcentajes que se indican en la siguiente tabla: a. Durante el primer año de su instalación el 55% b. Durante el segundo año de su instalación el 60% c. Durante el tercer año de su instalación el 70% d. A partir del cuarto año en adelante el 80%.