Son requisitos para la obtención de estas placas identificadoras ordinarias: 1. Haber cumplido los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley de Tránsito Terrestre. 2. Cancelar los derechos establecidos en la Ley.
especial
Son requisitos para la obtención de estas placas identificadoras ordinarias: 1. Haber cumplido los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley de Tránsito Terrestre. 2. Cancelar los derechos establecidos en la Ley.