La decisión de la Administración Tributaria que acuerde o niegue la recuperación solicitada, deberá notificarse al interesado dentro del plazo establecido en el
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Artículo 14
tributario
La decisión de la Administración Tributaria que acuerde o niegue la recuperación solicitada, deberá notificarse al interesado dentro del plazo establecido en el