Corresponde al Ministerio del Trabajo la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación, coordinación, programación, promoción, fomento y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia laboral; la regulación de la seguridad social integral y previsión social en general; la promoción del empleo, del bienestar del trabajador y del mejoramiento de las condiciones de trabajo de los sectores laborales; la protección del salario; la regulación de las relaciones obrero patronales, convenciones y conflictos colectivos de trabajo; la relación con los organismos sindicales nacionales y organismos internacionales del trabajo; estimular la participación de los trabajadores en los procesos de democratización sindical y de toma de decisiones que permitan mejorar las actividades de los grupos organizados de la comunidad nacional con fines de promoción y solidaridad social; la coordinación del Estado con los actores sociales; así como las demás competencias que le atribuyan las leyes.