En el área afectada por servidumbre no podrán realizarse actividades, construcciones, obras o plantaciones que perturben, obstaculicen o menoscaben el ejercicio de los derechos del beneficiario de la servidumbre, sin la autorización escrita de éste.
especial
En el área afectada por servidumbre no podrán realizarse actividades, construcciones, obras o plantaciones que perturben, obstaculicen o menoscaben el ejercicio de los derechos del beneficiario de la servidumbre, sin la autorización escrita de éste.